Desestimada la demanda que pretendía que el CGCODN dejara de usar su denominación legal

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, que ya había desestimado en octubre de 2021 la solicitud de medidas cautelares, ha desestimado finalmente la demanda instada por la Entidad con forma jurídica de asociación titular del CIF G-98521800 que se autodenomina “Consejo Oficial”, demanda que había sido in- terpuesta contra el Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricio- nistas (CGCODN, CIF número Q4601477E).

En sus Fundamentos de Derecho, la Sentencia destaca, entre otros aspectos rele- vantes, que “la solicitud de registro marcario interesada por el actor (en referencia al autodenominado “Consejo Oficial”) fue posterior a la constitución de la Comisión Gestora para el impulso paralelo del proceso que desembocó en el reconocimiento de la demandada como entidad de derecho público” y también que “la identificación de la demandada (en referencia al CGCODN) en el tráfico mediante el empleo de su denomi- nación social se consume en el solo plano de la actividad institucional que como entidad pública le es inherente, de manera limitada al desarrollo de su objeto estatutario”.

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